lunes, 8 de noviembre de 2010

LEY DE COMERCIO ELECTRONICO

Ley De Comercio Electronico

Ley No 527


Por medio de la cual se define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales, y se establecen las entidades de certificación y se dictan otras disposiciones 
El Congreso de Colombia
DECRETA:

PARTE I
PARTE GENERAL

CAPITULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1. Ámbito de aplicación. La presente ley será aplicable a todo tipo de información en forma de mensaje de datos, salvo en los siguientes casos:
a) En las obligaciones contraídas por el Estado colombiano en virtud de Convenios o Tratados internacionales.
b) En las advertencias escritas que por disposición legal deban ir necesariamente impresas en cierto tipo de productos en razón al riesgo que implica su comercialización, uso o consumo.

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